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La transformación digital del Estado peruano está dando un salto importante. En los últimos meses, el Poder Ejecutivo ha aprobado un conjunto de normas orientadas a masificar el uso de la firma digital tanto en el sector público como en el privado, y esto tiene un impacto directo en cómo empresas, profesionales y ciudadanos gestionan sus trámites y documentos legales.
En LA FIRMA queremos mantenerte informado sobre estos cambios, porque entender el marco normativo es el primer paso para aprovechar sus beneficios.
¿Qué ha cambiado?
El Gobierno peruano aprobó el Decreto Supremo N° 082-2024-PCM, una norma que busca fortalecer a la Entidad de Certificación Nacional para el Estado Peruano y facilitar que más instituciones —tanto del Poder Ejecutivo como del Legislativo, el Judicial y los gobiernos regionales y locales— puedan operar como entidades de registro y verificación de firmas digitales, incluso antes de completar su acreditación formal, con plazo hasta fines de 2026.
A esto se suma la Directiva N.° 002-2024-PCM/SGTD, aprobada este año, que regula específicamente cómo deben usar la firma digital las entidades públicas en su gestión documental. El objetivo es claro: garantizar que cada documento electrónico firmado digitalmente tenga plena validez jurídica, autenticidad e integridad, reduciendo la dependencia del papel y agilizando los procesos internos del Estado.
Un crecimiento que ya es tendencia
Este impulso normativo no aparece en el vacío. Según cifras de RENIEC, ya en 2022 más de un millón de peruanos contaban con credenciales digitales para firmar documentos, y esa cifra continúa en aumento conforme más servicios —bancarios, de salud, comerciales y de administración pública— migran hacia lo digital.
Para las empresas, esto significa una oportunidad concreta: contratos, poderes, actas y documentos societarios pueden firmarse hoy con la misma validez legal que una firma manuscrita, sin necesidad de traslados, impresiones ni validaciones presenciales.
¿Firma electrónica o firma digital? La diferencia importa
Es común confundir ambos conceptos, pero la distinción es clave a la hora de elegir la herramienta correcta para cada trámite:
- Firma electrónica: un concepto legal amplio que valida la voluntad del firmante en un entorno digital.
- Firma digital: un tipo específico de firma electrónica, respaldada por un certificado digital emitido por una entidad de certificación acreditada dentro de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE). En Perú, cuando cumple con los requisitos normativos, tiene el mismo valor legal que una firma manuscrita.
Elegir la opción incorrecta puede hacer que un documento carezca de la validez que tu empresa necesita frente a terceros, entidades bancarias o el propio Estado.
¿Cómo te acompaña LA FIRMA en este proceso?
Sabemos que para muchas empresas y profesionales independientes, adaptarse a este nuevo entorno normativo puede generar dudas: ¿qué certificado necesito?, ¿es válido para mis trámites ante SUNAT o el Poder Judicial?, ¿cómo lo integro en mi operación diaria?
En LA FIRMA acompañamos a nuestros clientes en todo este proceso, ofreciendo:
- Asesoría legal especializada para identificar qué tipo de firma corresponde a cada trámite o documento.
- Venta de firma digital y electrónica, con la orientación necesaria para elegir el certificado adecuado según tu actividad.
- Representación y gestión ante entidades públicas, para que la adopción de estas herramientas no se convierta en una carga operativa adicional para tu empresa.
Si tu organización todavía no ha dado el salto hacia la firma digital, este es un buen momento para hacerlo: el marco normativo está más claro que nunca, y contar con el respaldo adecuado marca la diferencia entre una transición ágil y un proceso lleno de fricciones.
¿Tienes dudas sobre cómo implementar la firma digital en tu empresa? Contáctanos al +51 967 463 576 y te asesoramos según tus necesidades específicas.
Fuentes: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Diario Oficial El Peruano, RENIEC